miércoles, 16 de abril de 2014

MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES Decreto 1300/2004

Declárase al edificio de la Escuela Nacional
Primaria Nº 17 “Maestro Vicente Calderón”,
ubicada en el paraje El Blanco de la localidad
de Cholila, Provincia del Chubut.
Bs. As., 27/9/2004
VISTO, el Expediente Nº 5216/02 de la SECRETARIA
DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA
DE LA NACION, por el que se propone la
declaración como monumento histórico nacional
a la ESCUELA NACIONAL PRIMARIA
Nº 17 “MAESTRO VICENTE CALDERON”,
ubicada en el paraje EL BLANCO de la localidad
de CHOLILA, en la Provincia del CHUBUT,
y
CONSIDERANDO:
Que el 16 de noviembre de 1872 nació en la
Provincia de LA RIOJA Vicente CALDERON,
quien obtuvo en su provincia el título de maestro
normal, y en 1898 el de profesor en el
Colegio “MARIANO ACOSTA”, de la Ciudad
de BUENOS AIRES.

Que su primera labor docente en el sur del
país la realizó entre los colonos galeses de la
localidad de GAIMAN, en la Provincia del
CHUBUT.

Que su tarea de argentinización de los pobladores
produjo una profunda transformación
cultural, ya que, según sus palabras, los galeses
“empezaron a conocer nuestro idioma,
nuestra historia y nuestras instituciones y
empezaron así a encariñarse con la tierra
generosa que les había dado albergue”.

Que para ese entonces, la zona cordillerana
contaba con una importante población, que
incluía numerosos inmigrantes chilenos.

Que el entonces CONSEJO NACIONAL DE
EDUCACION vio la necesidad de crear una
escuela, como una forma de consolidar la
soberanía argentina en la región.

Que esta tarea fue encomendada al Profesor
Vicente CALDERON, quien el 18 de septiembre
de 1905 partió de la localidad de GAIMAN
y, tras un viaje a caballo de más de UN
(1) mes, llegó al valle de CHOLILA, emplazado
muy cerca de la frontera, hacia el norte de
la Ciudad de ESQUEL.

Que allí, el maestro y los pobladores —en su
mayoría chilenos— comenzaron a levantar la
escuela, usando tecnología y materiales locales.
Que el edificio es un testimonio del sistema
constructivo característico de la zona, con
muros denominados “pared francesa” —encofrados
de caña colihue rellenos con barro
y paja— revocados con greda y “barro de
corral”, pisos y cielo rasos de tablas de madera
y cubierta a dos aguas de carrizo y paja.

Que la escuela fue inaugurada el 25 de mayo
de 1906, y en ese acto fue donada al entonces
CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION
por la comunidad que la había construido.

Que el edificio está inscripto en el Registro
Provincial de Sitios, Edificios y Objetos de
Valor Cultural y Natural, según Decreto del
Poder Ejecutivo Provincial Nº 381/94.

Que la COMISION NACIONAL DE MUSEOS
Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
aconseja su declaratoria.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS
de la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado
intervención.

Que la presente medida se dicta en el marco
de lo establecido por el artículo 4º de la Ley
Nº 12.665 y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Declárase monumento histórico
nacional al edificio de la ESCUELA NACIONAL
PRIMARIA Nº 17 “Maestro VICENTE CALDERON”,
ubicado en el paraje EL BLANCO, localidad
de CHOLILA, en la Provincia del CHUBUT
(Datos Catastrales: Circunscripción 4, Sector 4,
Chacra 8, Parcela 2).

Art. 2º — La COMISION NACIONAL DE MUSEOS
Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
realizará las gestiones y procedimientos
establecidos en los artículos 4º y 6º de la Ley
Nº 12.665, modificada por la Ley Nº 24.252; artículos
1º y 2º del Decreto Nº 9830/51, y en los artículos
8º (modificado por el Decreto Nº 144.643/43)
Jueves 30 de setiembre de 2004 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 30.496 6
y 10 de su Decreto Reglamentario Nº 84.005/41,
notificando a las partes interesadas los alcances
y contenidos de las disposiciones citadas y las
responsabilidades previstas en el artículo 8º de la
Ley citada en primer término y en los artículos 40,
41 y 42 de su reglamentación, así como también
practicará las inscripciones correspondientes en
los Registros Catastrales y de la Propiedad Inmueble.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. —
Aníbal D. Fernández.

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